lunes, 7 de diciembre de 2009

DEFINICIÓN DEL PROYECTO DE CENTRO

PROYECTO DE CENTRO: En cualquier organización es esencial plantearse al principio qué es lo que se quiere conseguir, ya que se han unido una serie de personas para trabajar juntas en busca de objetivos concretos. En las organizaciones educativas esos objetivos, esas metas, suelen estar implícitas concretándose pocas veces en documentos consensuados y admitidos por todos. En esa línea va el proyecto educativo, para formalizar y concretar aquellas intenciones de los distintos grupos que componen la comunidad escolar, dotar de una identidad diferenciada al centro y plantear aquellos valores y principios que asume esa comunidad.
Tanto la LOGSE como la LOCE y la LOE reconocen a los centros la autonomía pedagógica para desarrollar y completar el currículo en el marco de su programación, permiten que completen y desarrollen el currículo de los diferentes niveles, ciclos, grados y modalidades, y posibilita que las Administraciones educativas fomenten la autonomía pedagógica y administrativa de los centros.

a) Sentido y finalidad: Podemos entender un proyecto educativo como una propuesta global y colectiva de actuación a largo plazo, en cuya elaboración participan todos los miembros de la comunidad escolar, que permita dirigir de modo coherente el proceso educativo en un centro, y plantee la toma de posición del centro ante aspectos tan importantes como los valores, los conocimientos y habilidades que se pretenden priorizar, las relación con los padres y el entorno, la propia organización...
b) Su contenido: Partiendo del análisis del contexto del centro y de sus propias necesidades, el proyecto educativo fijará objetivos y prioridades de actuación, recogerá los valores, incorporará la concreción de los currículos establecidos por la Administración educativa -constituye una novedad introducida por la LOE- que corresponde fijar y aprobar al Claustro, así como el tratamiento transversal en las áreas, materias o módulos de la educación en valores y otras enseñanzas (art. 121.1).
Dicho proyecto, que deberá tener en cuenta las características del entorno social y cultural del centro, recogerá la forma de atención a la diversidad de los alumnos así como el plan de convivencia y deberá respetar el principio de no discriminación y de inclusión educativa como valores fundamentales, así como los principios y objetivos recogidos en esta Ley y en la Ley Orgánica 8/1985, Reguladora del Derecho a la Educación. (art 121.2)

Una vez analizadas todas las circunstancias que inciden y caracterizan al centro, podemos pasar ya a elaborar el proyecto educativo. Tiene que quedar suficientemente claro que ésta es una propuesta totalmente abierta, cuyo objetivo principal es servir de referencia para la discusión y reflexión en cada centro, ya que las circunstancias de cada centro obligan a planteamientos muy diversos.
En el proyecto educativo distinguimos tres aspectos fundamentales que contestan a tres preguntas: ¿Quiénes somos? ¿Qué pretendemos? y ¿Cómo nos organizamos?
1) ¿Quiénes somos?
Se trata, en primer lugar, de concretar las notas que configuran especialmente nuestro centro. En cualquier caso, podemos proponer unos ámbitos que nos pueden servir de referencia, como sería la postura ante aspectos institucionales, ante los principios educativos, ante el proceso de enseñanza-aprendizaje, ante la gestión global del centro, así como ante otras situaciones relevantes como las implicaciones no sexistas en la educación, la actitud ante la utilización de la naturaleza, la actitud ante los alumnos diferentes…
2) ¿Qué pretendemos?
Una vez planteados con claridad los principios que el centro asume como suyos, pasamos a plantear los grandes objetivos que la comunidad escolar considera propios en la intención educativa de su centro. No se trata de hallar objetivos o ideas originales o utópicas, sino primordialmente de implicar a todos en lo que se decida. Para que un proyecto educativo sea coherente y tenga consecuencias positivas para el centro es necesario que seamos capaces de trasladar los principios antes indicados a objetivos globales que el centro intentará lograr.
Podemos distinguir una serie de ámbitos, en un intento de sistematizar los objetivos y que abarquen todo el centro escolar: organización y gestión, curriculares, relaciones interpersonales y de convivencia, y los relacionados con la administración y los servicios. Para desarrollar este apartado podemos partir de cada uno de los principios que hemos definido como características de nuestro centro y elaborar coherentemente unos objetivos acorde a nuestras intenciones, en los que deberíamos tener en cuenta los ámbitos ya señalados.
3) ¿Cómo nos organizamos?
Una vez planteados los objetivos globales que el centro desea alcanzar, debemos pensar en una organización que posibilite la consecución de esos objetivos. No podemos pensar del mismo modo para un centro de veinticuatro o treinta y seis unidades que para otro de ocho. Las necesidades, recursos, personas... son muy diferentes, y, desde luego, la coherencia de la estructura de un centro con su tamaño debe ser total.
Por otra parte, según el planteamiento que se haya hecho en el centro en cuanto a su funcionamiento, o, dicho de otro modo, si se mantiene estrictamente la estructura que indica la LOE o se desarrolla permitiendo una mayor participación en la toma de decisiones y una mayor autonomía, sus procesos de funcionamiento serán más o menos complejos e incidirán directamente en su configuración estructural.
Se podría plantear, en primer lugar, un organigrama, en el que quedaran patentes todos los órganos que funcionan en el centro, o que se desea que funcionen, asumiendo una estructura-base sobre la que cada año se podrían hacer pequeñas modificaciones, en relación con los objetivos prioritarios a lograr en el Plan Anual de centro. Sería el punto de partida para desarrollar después cada uno de los órganos que establezcamos.

No debemos olvidar que el proyecto educativo debe incorporar la concreción de los currículos establecidos por la Administración educativa que corresponderá fijar y aprobar al claustro, así como el tratamiento transversal en las áreas, materias o módulos de la educación en valores y otras enseñanzas. Asimismo, recogerá la forma de atención a la diversidad de los alumnos así como el plan de convivencia.

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