La selección del director se realizará mediante un proceso electoral en el que participarán la comunidad educativa y administrativa educativa, en el que se elegirán a los candidatos más idóneos profesionalmente.
Si este proceso se realiza en un centro público, la selección y el nombramiento se efectuarán mediante un concurso de méritos entre profesores que impartan alguna enseñanza en el centro y posean una plaza fija; siempre conforme a los principios de igualdad, publicidad, mérito y capacidad.
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